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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386078
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 283
PERITOS, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 283
El Juez no viola garantía alguna cuando se atiene a uno solo de los peritajes rendidos, si las partes no acreditan los elementos necesarios para que esté en condiciones de realizar el análisis de todos.
Precedentes
Amparo civil directo 2917/51. Crédito General de México, S. A. 10 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. Relator: Felipe de J. Tena Ramírez.