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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 480
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 480
Para que pueda prorrogarse un contrato de arrendamiento, precisa que así se convenga por las partes o que así se disponga por mandato judicial, cuando aún está vigente, dicho contrato, porque no es posible prorrogar lo que ha dejado de tener existencia. Ahora bien, tratándose de arrendamientos por tiempo indefinido, el derecho concedido al inquilino sólo puede hacerse valer antes de que se cumpla el plazo de la ley, para que se concluya, plazo que empieza a contar a partir del aviso dado por el arrendador.
Precedentes
Amparo civil directo 10412/49. F. viuda de González Blanca. 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe de J. Tena Ramírez.