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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 488
RESPONSABILIDAD OBJETIVA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 488
El artículo 1913 del Código Civil consagra lo que la doctrina llama la responsabilidad objetiva, o sea la que se produce independientemente de cualquiera responsabilidad civil; con fundamento en tal artículo, y para obtener absolución, deberá probarse que el daño se produjo por culpa o negligencia inexcusable de la víctima.
Precedentes
Amparo civil directo 452/48. Urbina Barrientos Alberto y coagraviados. 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe de J. Tena Ramírez.