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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 554
PRESCRIPCION, TERMINO DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 554
La ley puede sin incurrir en retroactividad, variar el tiempo requerido para la prescripción, mientras ella esté en curso, respetando tan sólo, como lo hace el Código Civil del Distrito y Territorios Federales, la parte proporcional del tiempo ya transcurrido, pero una vez respetado ese término, sólo es necesario que haya transcurrido el tiempo que falta para cumplir el nuevo total.
Precedentes
Amparo civil directo 9686/49. Martínez Roberto Ignacio. 18 de octubre 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.