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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 959
ACCION, PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 959
La acción se identifica por la petición contenida en la demanda y por el título o causa de pedir. Si se invocan hechos que, de conformidad con la ley, son fundamento para cierto efecto jurídico y al propio tiempo se solicita del Juez la protección de ese mismo efecto jurídico, no hay incongruencia del fallo, si el Juez decreta la procedencia de la acción, dándole otro nombre.
Precedentes
Amparo civil directo 798/51. García Federico. 30 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Ángel González de la Vega.