Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/386117
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 976
PATRIA POTESTAD, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 976
Al referirse el artículo 240 del Código Civil, a la pérdida "de todo su poder y derecho sobre la persona de sus hijos", establece una sanción para el cónyuge y, por tanto, no es correlativa la obligación para con los hijos, del derecho que quiere ejercer sobre ellos.
Precedentes
Amparo civil directo 842/51. Ponce de León Aurora. 31 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. Relator: Felipe de J. Tena Ramírez.