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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1097
ARRENDAMIENTO, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1097
Comprobado que el dueño de una casa acepto que se le pagaran las rentas a su cobrador ordinario y que se tuviera a su hijo como dueño del inmueble, así como que el inquilino hubiera consignado rentas a favor de esta persona, están patentes la mala fe del arrendador y la buena del inquilino, si el primero se aprovechó del error en cuanto le beneficiaba el percibir rentas, aun las consignadas. Por tanto, en tal caso debe estimarse que existe un contrato de arrendamiento tácito.
Precedentes
Amparo civil directo 1527/51. Díaz Luz María. 7 de noviembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Felipe Tena Ramírez.