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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1172
ARRENDAMIENTO, DESOCUPACION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1172
Si al vencerse el término de un contrato de arrendamiento sobre una finca urbana, el inquilino no hace entrega de la cosa al arrendador, sino que se limita simplemente a desocuparla, conservando en su poder las llaves que aseguran la puerta de entrada, no podrán alegar cesación de los efectos del contrato desde la fecha en que se venció el plazo convenido, pues en situaciones contractuales de tal especie el goce y uso de la cosa consiste en el hecho de que ésta se conserve a disposición del arrendatario, en toda la amplitud derivada de la naturaleza misma del bien, sin importar que el arrendatario lo ocupe, o no, materialmente.
Precedentes
Amparo civil directo 6314/47. Compañía Minera Asarco, S. A. 9 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Rafael Matos Escobedo.