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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1358
PRESCRIPCION CONTRA LA MUJER CASADA (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1358
El Código Civil en vigor, al no reproducir la regla contenida en el artículo 1110 del Código anterior, en el sentido de que la prescripción no puede comenzar ni correr entre un tercero y una mujer casada, y eliminar así la privación a que aquél precepto se refiere, dejó la posibilidad de que la prescripción comience a correr en tal caso.
Precedentes
Amparo civil directo 6379/50. Santes vda. de Jiménez Francisca. 16 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Rafael Matos Escobedo.