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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386156
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1815
SENTENCIA CONSENTIDA POR VIOLENCIA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1815
Comprobado que la notificación de una sentencia se hace a una persona cuando está en prisión y dicha persona alega coacción, así como que fue puesta en libertad al día siguiente de consentir la sentencia, es indudable que todas estas circunstancias invalidan el consentimiento que se le atribuye.
Precedentes
Amparo civil directo 5101/50. Fernández Baldomero Ramón. 6 de diciembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.