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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 147
LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 147
En la letra de cambio únicamente puede hacerse valer la ausencia o deficiencia de la causa contra el tenedor que haya sido parte en la relación fundamental subyacente y nunca contra la persona extraña a dicha relación causal, debido a que esa relación fundamental está absolutamente desvinculada de la obligación cartular literalmente consignada en el documento, por lo que tal falta no puede oponerse a quien no fue parte en la relación causal.
Precedentes
Amparo civil directo 4947/50. Calderón Herrejón Miguel. 4 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Felipe Tena Ramírez.