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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386202
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 642
SUBARRENDAMIENTO, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 642
El Juez no puede exigir que los testigos, además de atestiguar el hecho de la cesión, traspaso o subarriendo de una localidad, también depongan sobre la naturaleza jurídica de ese hecho, pues si debiera acreditarse plenamente el motivo concreto de la ocupación de una vivienda dada en arrendamiento, la prueba sería de ordinario imposible.
Precedentes
Amparo civil directo 7708/50. Jiménez Modesto. 24 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Angel González de la Vega.