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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1138
ACCION, ESTUDIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1138
No puede decirse que el juzgador entre al estudio de una excepción no opuesta si lo que hace es ver si se llenaron lo requisitos que se requieren para el ejercicio de las acciones, en cuanto a la expresión y prueba de las causas de las misma, y para el estudio de la clase de prestación exigida y la clase de acción ejercitada.
Precedentes
Amparo civil directo 5810/37. Ortiz Bolán Felipe. 6 de agosto de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.