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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1355
LETRAS DE CAMBIO SIN PROTESTO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1355
La excepción de caducidad tiene íntima relación con la demostración de la alteración del documento y de la agregación de la cláusula "sin protesto". Por tanto, no demostrada la alteración, debe tenerse como cierto que el protesto fue dispensado y por lo mismo no opera la caducidad a que se refiere el artículo 160, fracción II, de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Precedentes
Amparo civil directo 8719/47. Calderón Miguel. 10 de agosto de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.