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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1602
COMPRAVENTA, CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1602
La obligación de garantizar la propiedad y posesión positiva de la cosa, en beneficio del comprador, que la ley impone al vendedor, sugiere necesariamente el concepto de que el vendedor no cumple con ese deber de garantía, cuando por cualquier motivo retiene, conserva o recoge para incorporar a su posesión, la cosa enajenada, y por tanto, mientras subsista el contrato de compraventa, subsisten sus obligaciones de garantía de la propiedad y de la posesión en favor del comprador y el vendedor está obligado a efectuar la entrega o a devolver al comprador la cosa que conserva en su poder, porque esa conservación es un acto claro de desconocimiento de la obligación, derivada del contrato, y no puede considerarse entregada la cosa cuando el comprador la recibe, pero sin el propósito de que se efectúe o tenga por hecha la entrega, sino para que la disfrute por un concepto diverso.
Precedentes
Amparo civil directo 4024/46. Rodríguez Moncada José y coag. 17 de agosto de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.