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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386265
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1670
LETRAS DE CAMBIO, GIRADAS A CARGO PROPIO EN LA MISMA PLAZA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1670
Es cierto que las tres personas que deben aparecer en una letra de cambio, girador, girado y beneficiario, pueden reducirse a dos, bien porque el girador gire a su favor, o bien a su cargo, pero siempre que en este último caso, la letra sea pagadera en lugar diverso de aquel en que se emite, y si este requisito no se cumple, y una persona gira una letra para ser pagada en la misma plaza, al no cumplirse el citado requisito tal documento no trae aparejada ejecución.
Precedentes
Amparo civil directo 9050/49. Lemus Darío. 20 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Gabriel García Rojas.