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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1969
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1969
Si el Juez, de oficio, trae a colación un documento para comprobar los hechos en un juicio, es inconsecuente que ignore el resto de dicho documento, en una actuación de la tercería excluyente relacionada con el juicio principal en donde oficiosamente se conoció de dicho documento.
Precedentes
Amparo civil directo 1197/46. Torres Lemus María Guadalupe. 29 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. Relator: Felipe Tena Ramírez.