Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/386311
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2427
NULIDAD.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2427
El juzgador no puede declarar nulo un contrato fundándose en una causa no alegada, si únicamente se ejerce la acción de nulidad fundada en otras causas.
Precedentes
Amparo civil directo 6622/49. Rodríguez Abel. 12 de septiembre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ángel González de la Vega y Gabriel García Rojas. Relator: Felipe Tena Ramírez.