Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/386313
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2510
ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL, POR OCUPACION DEL DUEÑO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2510
El artículo 2485 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, que dispone, en su parte final, que están exceptuados de prorrogar el contrato de arrendamiento, los propietarios que quieran habitar la casa o cultivar la finca cuyo arrendamiento ha vencido, no quedó suspendido ni derogado por los decretos que prorrogan los contratos de arrendamiento.
Precedentes
Amparo civil directo 5230/48. Cortés Bojórquez Ignacio. 19 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. Ponente: Felipe Tena Ramírez.