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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2642
ADULTERIO, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2642
Aun cuando un acta de registro de un niño, registrado por la madre como hijo de persona diferente del esposo, es un documento público, no constituye prueba directa del adulterio; pero hace prueba plena en cuanto al nacimiento del menor, a lo declarado por quienes lo presentaron y reconocieron como hijo natural; y por tanto, al haber tenido la esposa un hijo fuera del matrimonio, es indudable que cometió el adulterio.
Precedentes
Amparo civil directo 4433/50. Aguilar Vargas María Elena. 25 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y ponente: Angel González de la Vega.