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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386326
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2829
CONTRATOS CON EL ESTADO, VALIDEZ DE LOS. (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2829
Admitida la plena validez de un contrato celebrado por el Ejecutivo con un particular, cabe advertir que cuando se trata de compromisos que hayan de cumplirse dentro del ejercicio fiscal vigente, sin que exista partida a la cual cargarlos, o bien cuando hayan de cumplirse en ejercicios fiscales futuros, el cumplimiento de ellos no es legalmente exigible mientras el Poder Legislativo no autorice su pago; pero esto no quiere significar que un contrato que imponga obligaciones patrimoniales al Estado, en las condiciones mencionadas, no sea válido, mientras el Legislativo no autorice el pago de ellas, esto es, el acto es válido si reúne todos los requisitos legales para su celebración, pero su cumplimiento es imposible legalmente, en tanto el Legislativo no lo autorice.
Precedentes
Amparo civil directo 4974/50. Cuervo L. Carlos y coags. 28 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Rafael Matos Escobedo.