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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386356
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1810
PAGO, PRORROGA DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1810
El cobro posterior al vencimiento de un título, no engendra una presunción legal de espera o promesa de no cobrar, pues no existe disposición legal expresa ni algo del que se pueda deducir esa consecuencia, y ni siquiera hay una presunción humana, pues no es exacto que del hecho del cobro posterior al vencimiento no pueda deducirse lógicamente de manera necesaria, que ello se deba a concesión de espera o promesa de no cobrar.
Precedentes
Amparo civil directo 8219/50. Pino Santiago M. del. 15 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.