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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386361
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1853
COMPRAVENTA, REGISTRO DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1853
Si bien es cierto que el documento en el que consta una compraventa no puede inscribirse a menos que se llene el requisito de la autentificación de las firmas, exigido por el Código Civil, eso no quiere decir que el contrato no produzca todos sus efectos entre las partes contratantes, aunque no los pueda producir respecto a terceros mientras no se inscriba.
Precedentes
Amparo civil directo 7705/50. Iniestra Adrián. 18 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.