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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2040
SERVIDUMBRES.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2040
El dueño del predio dominante debe hacer a su costa todas la obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, así como los tendientes a que los predios sirvientes no se les causen más gravámenes que los consiguientes a la servidumbre que soporten, y si por descuido u omisión del dueño del dominante se causare un daño, está obligado a la indemnización.
Precedentes
Amparo civil directo 8232/50. Casas viuda de Cabrera María. 27 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.