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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2113
MATRIMONIO, BUENA FE EN EL (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2113
De acuerdo con el artículo 415 del Código Civil de Sonora, la buena fe se presume, requiriéndole prueba plena para destruir la presunción, razón por la cual debe considerarse que existe al contraer matrimonio, mientras no se pruebe lo contrario.
Precedentes
Amparo civil directo 9966/50. Peterson Rafael. 28 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.