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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2113
MATRIMONIO, DISOLUCION DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2113
No es aceptable que una persona casada, al contraer matrimonio nuevamente con persona distinta esté en la creencia de que el anterior matrimonio quedó disuelto, únicamente por la existencia de un convenio celebrado con su primera esposa, para el caso de que el divorcio pendiente, fuera concedido.
Precedentes
Amparo civil directo 9966/50. Peterson Rafael. 28 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.