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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
800033
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 502

PRESCRIPCION DE LAS FIANZAS ACEPTADAS POR ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. EL COMPUTO DEL TERMINO SE INICIA UNA VEZ QUE EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO, COMUNICA A LA AUTORIDAD REQUIRENTE QUE EL CREDITO SE HA HECHO EXIGIBLE Y LE ACOMPAÑA LA CORRESPONDIENTE DOCUMENTACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 502

Precedentes

Amparo directo 1537/87. Fianzas Modelo S.A. 29 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Savala. Séptima Epoca, Volúmenes 121-126, Sexta Parte, página 80.
Registro digital (IUS): 800033