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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V. 1o. 35 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
800037
Clave de tesis
V. 1o. 35 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 593

ORDEN DE VISITA, PARA SU VALIDEZ, EL TESORERO GENERAL DEL ESTADO DE SONORA, DEBE POR ACUERDO ESCRITO AUTORIZAR AL SUBTESORERO LA VISITA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 593

Precedentes

Revisión fiscal 11/91. Secretaría de Hacienda y Crédito Público y otra. 27 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Santacruz Fernández. Secretario: Luis Humberto Morales. Revisión fiscal 21/91. Secretaría de Hacienda y Crédito Público y otra. 4 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Enrique Moya Chávez. Secretario: Francisco Raúl Méndez Vega.
Registro digital (IUS): 800037