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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T.460 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
800092
Clave de tesis
I.6o.T.460 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 601

PRIMA DE ANTIGÜEDAD, EL PAGO DE LA, PREVISTO EN CLAUSULAS DISTINTAS DE UN CONTRATO COLECTIVO SE CUMPLE OBSERVANDO UNA DE ELLAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 601

Precedentes

Amparo directo 4336/92. Instituto Mexicano del Seguro Social. 30 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Pedro Arroyo Soto.
Registro digital (IUS): 800092