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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800276
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 461
PATERNIDAD, DESCONOCIMIENTO DE LA. SOLO COMPETE A QUIEN HIZO EL RECONOCIMIENTO O EN SU DEFECTO AL HIJO RECONOCIDO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 461
Es de explorado derecho que las actas de nacimiento, aun cuando son aptas para acreditar la paternidad, al existir dos diversas respecto de un mismo hecho jurídico y en relación con las cuales no existe declaración de falsedad, no hay razón legal para inclinarse a favor de la eficacia de alguna de ellas, y no basta el dicho del actor en el juicio natural para excluir de la paternidad al que aparece en una de ellas, mientras éste viva, ya que únicamente él podrá reclamar la filiación del hijo que reconoció; o, en su defecto, competerá al hijo la acción de desconocimiento de la paternidad, que deberá ventilarse en el juicio contradictorio correspondiente, con audiencia de las partes interesadas.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 3203/87. Sucesión de Sergio Manuel Cruz Montalvo. 19 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.