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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 535
PRUEBA PERICIAL. IDONEIDAD DE LA, EN EL CONFLICTO DE ORDEN ECONOMICO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 535
Dada la naturaleza del conflicto de orden económico, en el que se discute la situación financiera de una persona moral o física con carácter de patrón y la costeabilidad de la producción de bienes y servicios de su empresa, la prueba pericial es la idónea para acreditar las acciones o excepciones que en él se ejercitan.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 20/88. Sindicato de Trabajadores de Autotransportes al Servicio de Transportes Papantla, S.A. de C.V. (Fidel Velázquez C.T.M.). 16 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: José Guadalupe Orta Méndez.