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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 538
PRUEBA TESTIMONIAL. CARECE DE VALOR PROBATORIO SI LAS PREGUNTAS LLEVAN IMPLICITAS LAS RESPUESTAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 538
Si los testigos se concretaron a contestar sólo con una afirmación o negación, según la información que en cada pregunta se daba resulta que no fueron los testigos quienes comunicaron los hechos al juzgador y por ello dicha prueba carece del valor correspondiente.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 74/87. Wilfrido Bautista Ramírez y coagraviados. 11 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretaria: Margarita Márquez Méndez.
Sostiene la misma tesis:
Amparo en revisión 97/88. Roberto Fernando Bolaños y Lucas Fernando Cabrera. 17 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretaria: Margarita Márquez Méndez.
Véase:
Tesis relacionada a la Jurisprudencia No. 232, visible a páginas 400 y 401 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985.
Sostiene el mismo criterio:
La Tesis sustentada por este Tribunal publicada bajo el No. 69, visible a fojas 359 del Informe de Labores del año de 1982.