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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 522
PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE PERSONAS MORALES. QUIEN PUEDE DESAHOGARLA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 522
Una interpretación armónica de los artículos 692, 786 y 787 de la Ley Federal del Trabajo, permite considerar que no es indispensable la concurrencia del director general de la empresa para absolver posiciones a nombre de ella, si los hechos que originaron el conflicto no lo eran propios y no se le atribuyeron en la demanda o contestación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 295/87. Juana Martínez Miguel. 21 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Martha Llamile Ortiz Brena.