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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
800443
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 525

PRUEBA CONFESIONAL. HECHOS NO PROPIOS DEL ABSOLVENTE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 525

Precedentes

Amparo directo 41/88. Alejandro Pestaña Casimiro. 9 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: J. Manuel Brito Velázquez. Secretario: J. Rubén Bretón Cuesta.
Registro digital (IUS): 800443