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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 476
PERSONALIDAD, DESCONOCIMIENTO DE LA, EN MATERIA LABORAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 476
El desconocimiento de la personalidad por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, es violatorio de garantías cuando se efectúa en la etapa de conciliación y no en la de demanda y excepciones, que es donde propiamente se inicia la controversia y se fija la litis.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 83/88. Comisión de Contratos de la Sección Veintiséis del Sindicato Revolucionario de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, S.C. 22 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguiñiga. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo.