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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800482
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 449
ORDEN DE APREHENSION, MOTIVACION INSUFICIENTE DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 449
Si el único elemento de convicción para acreditar la probable responsabilidad del inculpado de un delito es la sola declaración de un testigo, sin estar corroborada la imputación por otros datos de la averiguación, es indudable que esto resulta insuficiente para motivar, legalmente, una orden de aprehensión.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 707/87. Carlos Beytia Bravo. 4 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Uribe García. Secretario: Pedro Reyes Marín.