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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800518
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 261
DESPIDO, PLANTEAMIENTO DE LA LITIS CUANDO EL PATRON ALEGA LA RESCISION CON CAUSA LEGAL EN CASO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 261
Cuando se reclama despido injustificado por el trabajador y el patrón contesta que se le rescindió el contrato, por haber incurrido en una de las causales establecidas por el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, la Junta plantea correctamente la litis, cuando establece como sus elementos: "si existió despido injustificado y si la empresa le hizo el pago de las prestaciones que reclama", y que del acreditamiento de lo primero depende evidenciar la entrega al trabajador o la negativa de éste en su caso, a recibir el aviso de rescisión, si esta cuestión se plantea entre las partes.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 5025/87. José Javier Vázquez Bruno. 3 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Elsa María Cárdenas Brindis.