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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 498
PRELIBERACION, INSTITUCION JURIDICA DISTINTA DE LA LIBERTAD PREPARATORIA, EN EL ESTADO DE TABASCO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 498
Como las autoridades responsables resolvieron la petición de preliberación confundiéndola con la libertad preparatoria, pues en los oficios en que se contestó la petición del quejoso se le niega aquélla con base en el artículo 84 del Código Penal, pese a que dicho dispositivo sólo es aplicable a la libertad preparatoria; ello es bastante para confirmar la concesión del amparo, para que las responsables resuelvan sobre la petición de preliberación con base en la ley que reglamenta esta institución.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 62/88. William Gantuz Carballo. 29 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Valdez García.