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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800624
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Quinta Parte; Pág. 27

QUEJA, SUPLENCIA DE LA. NO PROCEDE TRATANDOSE DEL PATRON.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Quinta Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 5171/73. Autobuses de Sotavento, S.A. de C.V. 18 de febrero de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Amparo directo 3618/73. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de febrero de 1974. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Quinta Parte, Cuarta Sala, tesis 46, página 61, bajo el rubro "DEFICIENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA DE TRABAJO.".
Registro digital (IUS): 800624