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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Tercera Parte; Pág. 14
AGRARIO. BANCOS AGRARIOS. NO SON AUTORIDADES PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Tercera Parte; Pág. 14
No puede estimarse en derecho que un banco agrario tenga carácter de autoridad para los efectos del amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 3092/74. Comisariado Ejidal del Núcleo de Población "Emiliano Zapata", Michoacán. 27 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.