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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800667
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 13

ACCION, PRUEBA DE LA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 2810/73. Amelia Reyes Gómez. 23 de septiembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 28, página 38. Amparo directo 6250/69. Haim Avidan Goite. 30 de abril de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Quinta Epoca: Tomo CXXVII, página 508. Amparo directo 3030/54. Pedro Villegas. 9 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Tomo CXX, página 1857. Amparo directo 4883/43. Coppe José, sucesión de. 30 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación: Sexta Epoca, Volumen CXX, Cuarta Parte, página 51, tesis de rubro "ACCION PRUEBA DE LA.". Quinta Epoca, Tomo CXXVIII, página 385, tesis de rubro "ACCION EN MATERIA MERCANTIL, ESTUDIO DE OFICIO DE LA.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Tercera Parte, tesis 541, página 359, bajo el rubro "ACCION. FALTA DE PRUEBA DE LA.". Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo IV, Primera Parte, tesis 7, página 6, bajo el rubro "ACCION. FALTA DE PRUEBA DE LA.". En el Tomo CXX, página 1857, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION, SI NO SE ACREDITA, DEBE ABSOLVERSE AL REO.".
Registro digital (IUS): 800667