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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800670
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Cuarta Parte; Pág. 48

PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. DEBE HACERSE SEPARADAMENTE Y TAMBIEN EN CONJUNTO (LEGISLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Cuarta Parte; Pág. 48

Precedentes

Amparo directo 3192/71. José González Cárdenas. 26 de enero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. DEBE HACERSE SEPARADAMENTE Y TAMBIEN EN CONJUNTO (BAJA CALIFORNIA).".
Registro digital (IUS): 800670