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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 800671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 18
AGRARIO. COMISARIADO EJIDAL ES. REVISION INTERPUESTA SIN LA INTERVENCION DE LA TOTALIDAD DE SUS MIEMBROS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 18
Si el escrito de expresión de agravios que interponen quienes se ostentan como miembros del comisariado ejidal de un núcleo de población aparece únicamente firmado por el presidente del mismo, éste carece de la presentación jurídica necesaria para comparecer ante la autoridad judicial, pues es requisito legal la concurrencia de los tres miembros componentes del comisariado respectivo para que se actualice la representación legal de los núcleos de población; por lo que el recurso de revisión que se interponga en esa hipótesis debe desecharse por carecer de instancia de parte legítima.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 499/79. José Palomares González. 15 de abril de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Silvia Alejandre Rodríguez.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca,Volúmenes 133-138, Tercera Parte, página 130, tesis de rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES O DE BIENES COMUNALES. REVISION INTERPUESTA SIN INTERVENCION DE LA TOTALIDAD DE SUS INTEGRANTES. REQUERIMIENTO NECESARIO A QUIENES NO APARECEN INTERPONIENDO EL RECURSO.".
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "COMISARIADO EJIDAL. REPRESENTACION JURIDICA PARA INTERPONER RECURSO DE REVISION.".