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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
800671
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 18

AGRARIO. COMISARIADO EJIDAL ES. REVISION INTERPUESTA SIN LA INTERVENCION DE LA TOTALIDAD DE SUS MIEMBROS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo en revisión 499/79. José Palomares González. 15 de abril de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Silvia Alejandre Rodríguez. Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca,Volúmenes 133-138, Tercera Parte, página 130, tesis de rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES O DE BIENES COMUNALES. REVISION INTERPUESTA SIN INTERVENCION DE LA TOTALIDAD DE SUS INTEGRANTES. REQUERIMIENTO NECESARIO A QUIENES NO APARECEN INTERPONIENDO EL RECURSO.". Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "COMISARIADO EJIDAL. REPRESENTACION JURIDICA PARA INTERPONER RECURSO DE REVISION.".
Registro digital (IUS): 800671