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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800679
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Tercera Parte; Pág. 115

AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DOTATORIAS. IMPIDE QUE SE ORDENE SU EJECUCION, SEGUN EL PLANO RELATIVO, LA EXISTENCIA DE UN CONVENIO ENTRE PROPIETARIOS AFECTADOS Y EJIDATARIOS BENEFICIADOS, RESPECTO DE LAS TIERRAS DOTADAS, PENDIENTE DE RESOLUCION POR EL DEPARTAMENTO AGRARIO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Tercera Parte; Pág. 115

Precedentes

Amparo en revisión 7321/67. Jaime Domínguez y otro. 15 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 254, página 772, bajo el rubro "POSESION.".
Registro digital (IUS): 800679