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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 103-108, Primera Parte; Pág. 168
LEYES AUTOAPLICATIVAS, AMPARO CONTRA.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 103-108, Primera Parte; Pág. 168
Para que proceda la acción de garantías, es necesario que, desde la iniciación de la vigencia de la ley combatida, el particular se encuentre en la situación prevista por la norma y que no se exija, para que esté obligado a hacer o dejar de hacer, ningún acto ulterior de autoridad.
Precedentes
Amparo en revisión 3156/53. Miguel González Rivas. 4 de octubre de 1977. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 83, página 13. Amparo en revisión 1934/51. Rosaura Villavicencio y coagraviados (acumulados). 11 de noviembre de 1975. Unanimidad de quince votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Volumen 76, página 49. Amparo en revisión 3125/50. Negociación Pulquera, S. de R.L. de C.V. 22 de abril de 1975. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 4, página 43. Amparo en revisión 4672/54. Rosario de Anda Medina. 11 de abril de 1969. Unanimidad de veintiún votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Notas:
En los Volúmenes 83 y 4, páginas 13 y 43, respectivamente, la tesis aparece bajo el rubro "LEYES. CUANDO SON AUTOAPLICATIVAS.".
En el Volumen 76, página 49, la tesis aparece bajo el rubro "LEYES. CUANDO SON AUTOAPLICATIVAS (LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES REFORMADA EL 29 DE DICIEMBRE DE 1948).".