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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 79
SINDICATOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS, POR YA NO CONTAR CON EL NUMERO MINIMO DE SOCIOS QUE FIJA LA LEY.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 79
Si lo que se demanda es la cancelación del registro de un sindicato por haber dejado éste de tener el número de socios mínimo que fija la ley, es intrascendente que la Junta no entre a considerar si el sindicato se formó o no con trabajadores pertenecientes a la empresa o con los que habían dejado de serlo, porque no se está demandando la nulidad de la inscripción, caso en el que sí procedería el estudio de si las personas que constituyeron la organización eran o no trabajadores de la misma empresa.
Precedentes
Amparo directo 5667/71. Rodolfo Sánchez y Compañía, S.A. de R.L. 24 de abril de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.