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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800724
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 71

LEYES, AMPARO CONTRA. TESIS 2 DE LA PRIMERA PARTE DEL APENDICE DE JURISPRUDENCIA 1917-1965. MODIFICACION POR REFORMAS A LA LEY DE AMPARO EN VIGOR A PARTIR DEL 27 DE OCTUBRE DE 1968.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo en revisión 6717/76. Victoria Barrios Piedrasanta. 22 de junio de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 97-102, página 72. Amparo en revisión 1704/70. Cemento de Atotonilco, S.A. 14 de abril de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 17, página 15, "AMPARO CONTRA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY. RECURSOS ORDINARIOS.". Volumen 56, página 39, tesis de rubro "LEYES, AMPARO CONTRA. CUANDO NO EXISTE SOMETIMIENTO A SUS DISPOSICIONES.". Nota: En los Volúmenes 97-102, página 72, la tesis aparece bajo el rubro "LEYES, AMPARO CONTRA TESIS 1 Y 2 DE LA PRIMERA PARTE DEL APENDICE DE JURISPRUDENCIA 1917-1965. MODIFICACION POR REFORMAS A LA LEY DE AMPARO EN VIGOR A PARTIR DEL 27 DE OCTUBRE DE 1968.".
Registro digital (IUS): 800724