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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800772
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Segunda Parte; Pág. 26
DELITOS FEDERALES, ACTUACIONES ANTE EL MINISTERIO DEL FUERO COMUN EN.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Segunda Parte; Pág. 26
Si de las actuaciones practicadas por el Ministerio Público del fuero común para integrar un delito de su competencia, se advierte que surge de las mismas la comisión de un delito del orden federal, y en relación con éste se interroga y practican diligencias para configurarlo, remitiendo a continuación las constancias respectivas a la representación social federal para los fines correspondientes, cumple con sus funciones y sus actuaciones tienen el valor probatorio que les atribuye la ley.
Precedentes
Amparo directo 2686/69. Jorge Augusto Rodríguez Ramírez. 29 de junio de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.