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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
800783
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 53, Sexta Parte; Pág. 39

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENAL. NO PROCEDE CUANDO SE RECLAMA LA EXPEDICION DE UNA LEY Y NO SE FORMULAN VERDADEROS CONCEPTOS DE VIOLACION (ROBO DE GANADO).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 53, Sexta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 355/72. Severo Córdova Olguín. 11 de mayo de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "SUPLENCIA DE LA QUEJA NO PROCEDE CUANDO SE RECLAMA LA EXPEDICION DE UNA LEY PENAL Y NO SE FORMULAN VERDADEROS CONCEPTOS DE VIOLACION.".
Registro digital (IUS): 800783