Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/800835
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800835
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 73
IMPRUDENCIA. CONCURRENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 73
Aun cuando la imprudencia de la víctima es ineficaz para eliminar la culpabilidad del acusado, es relevante para la fijación de la pena, porque viene a modificar el cuadro delictual, puesto que configura una concurrencia de culpa que se traduce en una situación, más favorable al inculpado.
Precedentes
Amparo directo 6031/57. Ernesto Alfonso Guerrero y Fernández de Arcipreste. 21 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.